AP EXPLICA: Puntos polémicos de nueva Constitución en Chile
AP EXPLICA: El nuevo texto constitucional que será sometido a plebiscito en Chile contiene una serie de artículos controversiales que inclinan a muchos a rechazarla, principalmente los que buscan entregar inéditos derechos a los pueblos originarios
Hace dos años, el 78% de los chilenos votó a favor de una nueva Constitución que sustituya la actual que rige al país desde la dictadura militar (1973-1990).
Sin embargo, el nuevo texto redactado posteriormente por una Convención Constituyente, mayoritariamente izquierdista, contiene una serie de artículos polémicos que —según diversas encuestas previas— llevaría a los chilenos a rehazar la nueva carta magna en el plebiscito del domingo, cuya participación es obligatoria.
Entre los puntos más controversiales está elque otorgar derechos inéditos a los pueblos indígenas en la nación sudamericana, que representan el 12,8% de los 19 millones de chilenos y que no son mencionados en la actual carta fundamental.
Si se impone el “Rechazo”, seguiría vigente la Constitución legada por la dictadura militar.
A continuación un vistazo a los puntos más controversiales de la nueva Constitución propuesta:
LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y LA PLURINACIONALIDAD
El borrador del nuevo texto constitucional establece que Chile sea un Estado plurinacional e intercultural y reconoce la existencia de los 11 pueblos originarios chilenos en el marco de un país cuyo territorio es único e indivisible.
Precisa que el Estado debe promover y garantizar el ejercicio de la libre determinación de los pueblos indígenas, respetar sus derechos colectivos y, en el plano de las funciones públicas, debe impulsar mecanismos que favorezcan el reconocimiento de la diversidad étnica. Además, debe proteger sus derechos a la autonomía y al patrimonio, otorgar el reconocimiento de sus tierras y recursos.
Establece, asimismo, la creación de autonomías territoriales, cuyos límites geográficos y competencias los fijaría una ley aprobada por el Congreso, si gana el “Apruebo”.
Todo esto, ha generado las críticas de varios que ven intentos de dividir al país.
El senador Javier Macaya, presidente del partido conservador Unión Demócrata Independiente (UDI), considera que como está, implicaría instaurar "múltiples naciones al interior del país; creemos en la unidad nacional”.
Para el constitucionalista de la Universidad de Los Andes, Jaime Arancibia, el rechazo a estos apartados muestra que algunos chilenos quieren mantener una visión de un Estado “unitario” que se ha construido en más de dos siglos de independencia.
Los pueblos indígenas de Chile reclaman desde hace décadas que sus extensos territorios les fueron arrebataron en el siglo XIX y algunos grupos radicales han utilizado la violencia como instrumendo para hacer sus reclamos.
La nueva Constitución establece la restitución de tierras, aunque no precisa en qué casos. Sólo indica que se creará una Comisión Territorial Indígena que elaborará propuestas entre el Estado y los pueblos originarios para demarcar, reparar y restituir terrenos.
LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y LA JUSTICIA
La propuesta también reconoce los sistemas judiciales de los pueblos originarios, que “coexisten coordinados en un plano de igualdad” con el sistema nacional, cuya labor jurisdiccional la ejercerán sus autoridades.
El texto no precisa cuáles serán las facultades, ni qué tipo de delitos procesarán sus sistemas judiciales. Las definiciones las deberá establecer una ley que tramitaría el Congreso posterior al plebiscito y en caso de ser aprobada la nueva carta magna.
Los indígenas chilenas carecen de los tribunales que posee el sistema nacional y suelen resolver conflictos a través del diálogo.
El constitucionalista y académico de la Universidad Diego Portales, Jorge Correa Sutil, ve un problema: que los pueblos originarios no tienen un sistema de derecho plasmadas en textos. Añadió que eso implicaría que quienes se vean sometidos a esa justicia no conocerán qué normas les aplicarán.
Hay consenso, sin embargo, de que cualquiera sea la opción que triunfe, el “Apruebo” o el “Rechazo”, el oficialismo y la oposición introducirían reformas ya sea a la nueva carta magna o a la legada por la pasada dictadura militar, si el nuevo texto es rechazado.
El oficialismo prometió en esa línea reformar los artículos sobre las autonomías territoriales para indicar que “serán coherentes” con el carácter indivisible del país; el referido a los sistemas judiciales indígenas para precisar que sólo se aplicarán a sus pobladores. También dejarán claro que los temas de carácter nacional y las reformas constitucionales estarán excluidos de las consultas previas a los pueblos originarios sobre materias que los puedan afectar.
Entre las promesas de cambios de la oposición figuran cambiar el Estado unitario actual por un Estado social de derecho; promover el acceso y adecuado ejercicio de derechos sociales en educación, salud, pensiones y vivienda; descentralizar el país y reconocer constitucionalmente a los pueblos originarios.
También están de acuerdo en que deberán precisar varios artículos, incluido el de los sistemas de justicias indígenas, para establecer que sólo podrán actuar en sus comunidades y que no podrán procesar a no indígenas.
CAMBIOS EN EL PODER JUDICIAL
De aprobarse la nueva Constitución, el modelo de Poder Judicial único dejará de existir y se transformará en un Sistema de Justicia, integrado por el Sistema Nacional y los sistemas jurídicos indígenas. Se crea un Consejo de Justicia plurinacional y paritario, que nombrará a todos los jueces y funcionarios, revisará la gestión de todos los tribunales y podrá sancionarlos o removerlos si es necesario. La función sancionatoria actualmente la ejercen la Corte Suprema y las 17 cortes de apelaciones.
Los jueces serán minoría en el Consejo, porque de sus 17 miembros ocho serán jueces, dos funcionarios, dos indígenas y los cinco restantes los nombrará el Congreso.
El académico Correa Sutil opina que el Consejo de la Justicia es un órgano externo y el que se le entreguen facultades para sancionar, lo que hace es “agravar el problema de la imparcialidad e independencia judicial”.
Respecto a la integración del Consejo, sin una mayoría de jueces, el exministro de Justicia Luis Bate señala que “afecta la independencia de los jueces”. El constitucionalista Arancibia agregó que su composición “favorecerá su control político partidista”, en alusión a los miembros que designará el Congreso.
Cuando los tribunales fallen una causa relacionada con personas indígenas, deberá adoptar una perspectiva multicultural, tomando en cuenta las costumbres, tradiciones, los protocolos y los sistemas normativos del pueblo originario respectivo.
El máximo tribunal seguirá existiendo, aunque sin su actual facultad de gobernar el Poder Judicial.
OTRAS NORMAS PROPUESTAS QUE GENERAN RECHAZO
Otro artículo resistido por la oposición y por sectores de centroizquierda es el que alude al aborto, sin nombrarlo. La norma consagra los derechos sexuales y reproductivos de las personas, incluidos los de decidir libremente sobre sus cuerpos y sobre la “reproducción”.
Frente a las críticas de algunos convencionales que redactaron el texto porque no se precisó hasta qué mes se podría interrumpir el embarazo, el pleno agregó un inciso que dice que “la ley regulará el ejercicio de estos derechos”, dejando la responsabilidad en las manos del Congreso.
En Chile existe el derecho a abortar en tres causales: por inviabilidad del feto, peligro de vida de la madre o en casos de violación.
Un tema polémico es la eliminación del estado de emergencia contemplado en la Constitución vigente y que implica el uso de las fuerzas armadas para enfrentar situaciones de grave alteración del orden público.
La mayoría de los convencionales izquierdistas rechazó el uso de los militares que permite ese régimen transitorio, por lo que lo eliminaron.
El presidente Gabriel Boric era una de las personas que se oponía al estado de emergencia, hasta que una serie de atentados incendiarios y con armas de fuego en dos regiones del sur, lo obligó a decretarlo a mediados de mayo, aunque limitó el papel de los militares al patrullaje de las vías principales. Esto último ha implicado que las fuerzas armadas no pueden limitar los derechos de reunión y movilización.