El Salvador: acusados llegan a acuerdo con familiares de víctimas por estampida en partido de fútbol

El proceso penal contra tres dirigentes y dos empleados de un equipo de fútbol salvadoreño termina en un acuerdo de conciliación entre los señalados como responsables y los familiares de las víctimas que dejó una estampida de aficionados en un partido

Associated Press
Viernes, 02 de junio de 2023 18:18 EDT
EL SALVADOR-ESTAMPIDA JUICIO
EL SALVADOR-ESTAMPIDA JUICIO (AP)

El proceso penal contra los cinco responsables de una estampida en un partido de fútbol en El Salvador se cerró el viernes tras llegar a un acuerdo de conciliación económico entre los acusados y los familiares de las víctimas. El incidente se saldó con nueve muertos y 51 lesionados.

Un juzgado de San Salvador suspendió definitivamente el proceso penal contra los tres directivos del club Alianza y dos encargados del estadio Cuscatlán y la jueza ordenó que todos los acusados quedaran inmediatamente en libertad.

“Se ha llegado a un arreglo conciliatorio total”, dijo a los periodistas el abogado defensor Miguel Anaya. Según reveló, las conciliaciones con las familias de los fallecidos van desde los 5.000 a 10.000 dólares, mientras que con los lesionados se acordó un pago de 30 dólares por día de incapacidad.

El Ministerio Público había pedido la prisión preventiva para Pedro Hernández, presidente del club de fútbol, para Edwin Abarca Ventura, gerente de seguridad del club, así como para Zoila Córdova, gerente financiera, con el fin de que sean procesados por los delitos de homicidio culposo, lesiones culposas y estragos agravados.

Según el Código Penal, el homicidio culposo puede sancionado con prisión de dos a cuatro años, mientras que las lesiones culposas con dos a seis años y los estragos agravados con tres a seis años.

También estaban procesados Reynaldo Avelar, gerente general de EDESSA, empresa dueña del estadio Cuscatlán, y Samuel García Montano, encargado de las llaves del estadio. La Fiscalía les atribuía los delitos de homicidio culposo, lesiones culposas y estragos agravados “por haber sido negligentes y haber cometido omisiones dentro de las obligaciones que tenían para organizar este tipo de evento”.

Anaya explicó que, en cuanto al delito de estragos agravados, se determinó que el delito no reunía los conceptos dictados por la ley, ya que nunca existió dolo, la intención de causar daño. Por lo cual se convirtió en estragos culposos y “va en sintonía con los demás delitos”, lo que condujo a que se sobreseyera definitivamente a todos los procesados, subrayó el abogado.

Thank you for registering

Please refresh the page or navigate to another page on the site to be automatically logged inPlease refresh your browser to be logged in