Corte Suprema niega solicitud de Trump de revisar los documentos del 6 de enero
El expresidente presentó una demanda contra el presidente del comité selecto, el representante Bennie Thompson
La Corte Suprema denegó una solicitud del expresidente Donald Trump para revisar sus registros de la Casa Blanca relacionados con la insurrección en el Capitolio el 6 de enero del año pasado.
El tribunal hizo el anuncio el martes en una lista de órdenes sobre casos pendientes. Trump había solicitado un recurso de certiorari (el cual hace que la Suprema Corte le ordene a un tribunal menor que envíe el registro del caso para su revisión) en un caso contra el representante Bennie Thompson, quien se desempeña como presidente del comité selecto de la Cámara que investiga los disturbios.
“Se niega la petición de certiorari”, escribió el tribunal.
La moción se esperaba en gran medida a pesar del hecho de que Trump había designado a tres jueces: los jueces asociados Neil Gorsuch, Brett Kavanaugh y Amy Coney Barrett. Los jueces asociados conservadores Clarence Thomas, Samuel Alito y el presidente de la Corte Suprema, John Roberts, completaron la mayoría en la corte.
El expresidente había solicitado un recurso de certiorari para que la corte revisara una sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito del Distrito de Columbia de EE.UU.
En diciembre, un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia confirmó una decisión de la corte de distrito que rechazó una solicitud de Trump para prohibir a la Administración Nacional de Archivos y Registros que entregue sus registros presidenciales.
Pero en ese momento, el abogado de la Cámara de Representantes, Doug Letter, y sus colegas le dijeron a la Corte Suprema que instaron a la corte a rechazar la solicitud de Trump.
“Aunque los hechos no tienen precedentes, este caso no es difícil”, dijeron en ese momento.
“El peticionario intenta revocar la determinación razonable del presidente actual de que el Comité Selecto tiene derecho a tres tramos de registros presidenciales en respuesta a su solicitud. El tribunal de apelaciones aplicó de forma correcta los precedentes de este Tribunal para rechazar la objeción del peticionario bajo todos los estándares elevados que afirmó que debían aplicarse, confiando en parte en el hecho de que el peticionario no hizo ninguna objeción particular a la presentación de los registros presidenciales específicos ante el tribunal”.